Desde el 1 de octubre de 2004 es necesario la obtención del pasaporte para animales de compañia (perros, gatos y hurones) si queremos viajar con nuestras mascotas por los paises miembros de la UE.
El pasaporte sustituye a la cartilla a partir de la fecha de expedicion del mismo.
Los requisitos para poder obtener el pasaporte veterinario son:
Para viajar a Finlandia es necesario realizar un tratamiento contra Echinococcus en los 30 días previos a la partida.
Reino Unido (a los efectos se considera: Inglaterra, Escocia, Gales, Irlanda del Norte, Islas Anglonormandas y la Isla de Man), Suecia y Malta exigen además tomar una muestra de sangre para valorar los anticuerpos antirrábicos. Para el Reino Unido el análisis ha de ser tomado 30 días después de la vacunación y 6 meses antes de la partida. Para Suecia la muestra ha de tomarse 120 días despues de la vacuna.
Para entrar en un país que no sea de la Unión Europea será necesaria la documentación que exija cada país. Si hay alguna duda sobre la entrada de un animal en un país aunque sea intracomunitario habrá que realizar una llamada al Consulado correspondiente y verificar los requisitos que piden.
Es decir, para el resto de países fuera de la Unión Europea serán necesarios los trámites que marque cada Consulado igual que hasta ahora, el pasaporte no les afecta. Lo que si es importante es que los animales que vuelvan a España si están afectados por este pasaporte.
Los animales de compañía (perros, gatos y hurones) que viajen desde países como Brasil, Chile, México, Marruecos, etc y vuelvan a España (aunque sean de origen español) deberán poseer vacunación antirrábica, microchip y valoración de anticuerpos neutralizantes frente al virus rábico realizado al menos tres meses antes de la llegada a España y en un laboratorio autorizado.
En definitiva para viajar con animales es necesario informarse con tiempo en el Consulado del país de destino de los requisitos que serán necesarios.
El pasaporte Europeo puede ser solicitado en nuestra clínica.